Llegó esa época del año en la que te cae una lana extra, producto de un año de trabajo: el aguinaldo. Y aunque la mayoría de las veces tarda más en llegar que en irse, es uno de los momentos más esperados durante el año por la mayoría de los chilangos. Por eso, reunimos algunas cosas que tal vez no sabías de esta prestación.
1. DESDE LOS 70s: Esta disposición que, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, es oficial para todos los trabajadores asalariados, fue implementada por primera vez en 1970 con la idea de darles a los mexicanos una ‘ayudadita’ para solventar los gastos y compromisos de fin de año y que no pueden cubrir sólo con su salario.
2. ¿EN QUÉ LO GASTAN?: Según una encuesta realizada por la Profeco, 79% de los mexicanos planea gastar su aguinaldo en esta temporada navideña, principalmente en ropa y zapatos (25%), seguido de las compras para los festejos de Navidad y Año Nuevo (15%), así como regalos y juguetes (15%).
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3. ¿CÓMO SE CALCULA?: La ley establece un mínimo de 15 días de trabajo. Para saber cuánto te corresponde, divide tu ingreso mensual entre 30 y después multiplícalo por el número de días que la empresa te otorga de aguinaldo. Si aún no cumples un año en el trabajo, realiza la operación anterior y divide esa cifra entre 365, el resultado multiplícalo por los días que llevas trabajando.
4. COMPLETITO: A diferencia de tu sueldo mensual, el aguinaldo está exento del pago de ISR, siempre y cuando sea menor a los 30 días de salario.
5. ¿QUIÉNES NO RECIBEN AGUINALDO?: Si trabajas por honorarios, la empresa no está obligada a darte esta prestación, pero si puedes comprobar que prestas servicio a un solo empleador y que laboras en la jornada máxima legal de 8 horas diarias, entonces tienes esperanza.
Y como dato extra, acuérdate de que la Ley Federal del Trabajo obliga a los patrones a entregar los aguinaldos antes del 20 de diciembre. De no ser así, puedes presentar una denuncia ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), cuyas oficinas en la Ciudad de México están ubicadas en la calle Dr. José María Vertiz 211, colonia Doctores.
(Fuente: Profeco/Ley Federal de Trabajo)