Adopta una banqueta y gana descuentos en predial

Las personas que adopten una banqueta o jardinera en el Distrito Federal podrán obtener una reducción en su pago de predial, de acuerdo con el programa ” Adopta un área Verde” que dio a conocer la Agencia de Gestión Urbana.

¿Cómo funciona?

Los interesados deben comprometerse a cuidar y mantener en óptimas condiciones una jardinera ubicada en suelo urbano de la capital, a fin de integrar los componentes de la estructura urbana existentes, creando una imagen homogénea, continua y que resalte la incorporación de elementos naturales, su correcto diseño, regeneración y conservación.

La otra opción es que se comprometan a rehabilitar la banqueta de su casa o inmuebles de los cuales son propietarios, garantizando así el seguro tránsito, colocando, guarnición y elementos de protección al peatón, así como facilitar la movilidad de las personas.

En ambos casos, los proyectos se deben basar en lineamientos específicos que se establecen en la convocatoria, www.agu.df.com.mx.

La reducción depende de la inversión de cada proyecto

La SOBSE reconocerá en la constancia el costo de los trabajos que haya ejecutado el contribuyente, el cual será determinado únicamente con base en el Tabulador de Precios Unitarios y/o dictamen de precios unitarios emitidos por el área competente de la misma dependencia, a fin de que la autoridad ante quien se hagan efectivas las reducciones correspondientes, establezca los porcentajes de reducción procedentes de acuerdo a lo previsto en el artículo 291 BIS del Código.

Las reducción se harán efectivas en la Administración Tributaria correspondiente, para lo cual los contribuyentes que hayan obtenido la constancia a que se refieren los presentes Lineamientos, deberán presentarla a más tardar el 15 de diciembre del ejercicio fiscal de que se trate, en original y copia fotostática para su cotejo, junto con la demás documentación que al efecto se indique en los “Lineamientos que deben cumplir los contribuyentes para hacer efectivas las reducciones de contribuciones a que se refiere el Capítulo XI del Título Tercero del Libro Primero del Código Fiscal del Distrito Federal, en las Administraciones Tributarias o Auxiliares y, en su caso, ante el Sistema de Aguas de la Ciudad de México”, vigentes.

El proceso de registro

1. Se den comunicar al teléfono 072 con la finalidad de registrar su solicitud, debiendo proporcionar al operador todos los datos que amparen el cumplimiento de los requisitos de lineamientos para las dos modalidades y  acudir al Área de la Agencia de Gestión Urbana de la Ciudad de México, para orientación y/o revisión de la documentación correspondiente en cada caso.

2. La Dirección General de Servicios Urbanos de la Secretaría de Obras y Servicios cita al ciudadano, mismo que se presenta y entrega el Acuse con el folio generado por el AAC 072, con su documentación correspondiente.

3. Una vez recibida la solicitud, el área recepcionante, remitirá a las Áreas Operativas correspondientes la solicitud del Ciudadano, para que realice la validación y revisión del tramo de banqueta que se pretenda reparar o de área verde que se pretenda adoptar.

4. Una vez que las Áreas Operativas realicen la revisión al lugar de los trabajos, tendrá que emitir una opinión de factibilidad en la que realice las manifestaciones correspondientes respecto de lo solicitado por el Ciudadano, en la cual se indicará la inversión que realizará el Ciudadano.

5. El Ciudadano realizará los trabajos de reparación de banqueta o mantenimiento de área verde, en apego a los parámetros establecidos por la Dirección General de Servicios Urbanos; comprometiéndose a la recolección de los desechos orgánicos, inorgánicos, así como material de construcción producto de los trabajos realizados.

6. Avisa por escrito a la Dirección General de Servicios Urbanos de la Secretaría de Obras y Servicios de la finalización de los trabajos, presentando los comprobantes fiscales, con los que se acrediten los gastos generados por los trabajos ejecutados.

7. Acude en la fecha indicada a las oficinas de la Dirección General de Servicios Urbanos de la Secretaría de Obras y Servicios y recibe Constancia, en su caso.

8. Presenta la Constancia ante la Administración Tributaria a más tardar el 15 de diciembre del ejercicio fiscal de que se trate.

9. Remite a la Dirección General de Servicios Urbanos de la Secretaría de Obras y Servicios, copia de la Declaración y del recibo de pago con marca de caja y datos encriptados o el Formato Múltiple de Pago de la Tesorería o el Formato Universal de la Tesorería, a más tardar el 31 de diciembre del ejercicio fiscal de que se trate.

Documentación

En el caso de Personas Físicas: La identificación oficial, boleta predial, así como las escrituras de la propiedad, deberán contener el mismo nombre del solicitante del servicio como propietario del inmueble, en el cual se pretendan realizar los trabajos de mantenimiento de área verde o reparación de banqueta.

En el caso de Personas Morales: La identificación oficial, deberá contener el mismo nombre del Representante Legal de la empresa, asentado en el acta constitutiva de la misma. La boleta predial, así como las escrituras de la propiedad del inmueble, en el cual se pretendan realizar los trabajos de mantenimiento de área verde, o reparación de banqueta, deberán contener el mismo nombre de la empresa asentado en su acta constitutiva.

La reducción fiscal sólo aplica para un inmueble por interesado.

(JENNIFER ALCOCER)