La Secretaría de Movilidad (SEMOVI) de la Ciudad de México ha anunciado una reforma importante para agilizar la atención de seguros en hechos de tránsito y garantizar la seguridad de las personas involucradas en los llamados “choques lamineros”. Según el Decreto publicado en la Gaceta Oficial, se ha modificado el Artículo 54 del Reglamento de Tránsito para permitir que los conductores muevan sus vehículos después de una colisión sin perder su derecho a reclamar daños.
Esta medida tiene como objetivo prioritario salvaguardar la integridad física de los involucrados y evitar la congestión vehicular en estos casos. Sin embargo, hay condiciones que deben cumplirse para que los conductores puedan mover sus vehículos. Estas condiciones incluyen: que no haya lesionados, solo daños materiales en los autos, que los conductores no estén bajo la influencia del alcohol o drogas y que no haya daños en la vía pública.
En casos donde existan personas lesionadas o fallecidas, los vehículos no podrán ser movidos del lugar. Tampoco podrán moverse si la unidad no está en condiciones de circular, si hay conductores bajo la influencia de sustancias, o si hay daños en la vía pública. Es fundamental priorizar la seguridad y la integridad de las personas en estas situaciones.
Las instituciones de seguros se encargarán de informar a sus asegurados sobre esta nueva disposición. Además, la Subsecretaría de control de tránsito de la SSC, en colaboración con SEMOVI y la AMIS, capacitará a su personal operativo en los próximos días para atender de manera adecuada estos incidentes.
Para consultar la modificación completa del decreto, se puede acceder al enlace proporcionado en la Gaceta Bis. El Gobierno de la Ciudad de México está comprometido con la seguridad de las personas y continuará trabajando en medidas que faciliten el tránsito y protejan a los ciudadanos en este tipo de situaciones.
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