El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) perfila validar la facultad de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y estatales para legislar en materia de extinción de dominio. Esta norma permite al estado quitar bienes, muebles e inmuebles, empleados en la comisión de un delito grave.
Al dar entrada al estudio de una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) en contra de artículos 25, párrafo segundo, 26 y 34 de la Ley de extinción de dominio de la capital, seis de los once ministros se pronunciaron a favor de la facultad de la Asamblea Legislativa para legislar en esta materia, pero acotaron que se aplicará en casos específicos.
“Sin que se trate de normativa sustantiva en materia de delitos, ni de delincuencia organizada, ni de ningún otro tipo, porque no se prevé tipo penal alguno”, expresó el Ministro Luis María Aguilar Morales.
“Pero ello no significa que la Asamblea invada competencias en estas cuestiones penales, puesto que no se trata en la ley de extinción de dominio, cuestiones relativas a los tipos penales, al proceso, a las penas, si no definitivamente a los bienes que están involucrados”, expresó la Ministra Olga Sánchez Cordero.