Con la finalidad de actualizar la regulación a los comercios, este jueves la Comisión de Administración Pública Local de la Asamblea Legislativa del DF aprobó las reformas que propuso Miguel Ángel Mancera, jefe de Gobierno capitalino, a la ley de establecimientos mercantiles.
Con los cambios, se busca “promover e incentivar la inversión en la capital del país”, informó Alejandro Piña, presidente de la Comisión en un comunicado.
Las modificaciones y adiciones que se le hicieron a esta ley son las siguientes:
Se agregó el artículo 71 BIS, en el que se establecen las causas por las que se pueden clausurar temporalmente los establecimientos, por ejemplo, las modificaciones establecen que en caso de hallarse fallas en el comercio, el dueño del negocio contará con máximo 15 días para corregir las faltas, sí no se hace algo al respecto, las autoridades clausurarán el lugar.
Si eres de los que acostumbra fumar en los establecimientos que no cuentan con zona para fumadores, deberás irte despidiendo del lugar, ya que sí el establecimiento acumula sanciones por este motivo, su clausura será definitiva.
Una falta grave que ocasionará el cierre temporal del inmueble será que los dueños no permitan al personal del Instituto de Verificación Administrativa (INVEA) realizar la verificación del lugar. Esto podrá ser corregido mediante la solicitud de un plazo para enmendar la falta. Esta modificación está contenida en la fracción IV del artículo 70.
¿Harto de los cadeneros que permiten el acceso a otros antes que a ti? Al parecer ya no tendrán cabida en los comercios del DF, ya que la Comisión consideró a este acto como discriminatorio, así como una falta grave. Esta última modificación se encuentra en el artículo 71 de esta ley, y se incluyó proteger la integridad de los capitalinos.
La Ley de Establecimientos Mercantiles del DF fue publicada en enero de 2011 en la Gaceta Oficial del DF.