La actuación de los policías durante manifestaciones violentas está regulada por la Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos de la SSPDF.
Ante la proximidad de un aniversario más de los hechos del 2 de octubre, en la que miles de personas y jóvenes saldrán a las calles, la tensión podría tener otros niveles.
LO PERMITIDO
Para el control de multitudes, los elementos del cuerpo de granaderos del DF tienen permitido el uso de armas consideradas no letales como son: bastones, toletes, dispositivos que generan descargas eléctricas, esposas o candados de mano y sustancias irritantes en aerosol.
De acuerdo con la Ley que Regula el Uso de la Fuerza, los agentes pueden emplear la fuerza una vez que se agotaron los recursos para instaurar la paz pública cuando ésta se ha visto afectada durante asambleas, marchas mitines, linchamientos, entre otros.
Aunque en el papel de la Policía Metropolitana Granaderos establece que sólo debe proceder cuando estén en riesgo las garantías de personas e instituciones, la paz pública y la seguridad ciudadana, también lo puede hacer en legítima defensa, bajo argumentos de esta ley.
LAS ACCIONES
Un ejemplo de estas actuaciones fueron las manifestaciones ocurridas en calles del Centro Histórico y avenida Fray Servando, el pasado 1 de septiembre, así como la del miércoles 11 del mismo mes en las inmediaciones de Campo Marte y el Auditorio Nacional.
En ambos casos, profesores o presuntos integrantes de grupos anarquistas pretendían romper las líneas de los granaderos de la SSPDF, a lo que los efectivos respondieron con ataques de extintores para replegar a los manifestantes.
Esta actuación está avalada por el Protocolo de Actuación Policial de la dependencia capitalina para el Control de Multitudes, ya que, ante todo, los agentes tienen que “evitar el empleo de la fuerza y, en su caso deberán limitarse al mínimo estrictamente necesario, utilizando el equipo necesario”.
Cuando se trata de detener a un contingente, los policías deben permanecer disciplinados, firmes y tolerantes para proteger lo que en esos momentos estén resguardando, Si no hay indicios de violencia, los oficiales mantendrán su posición hasta que la multitud rebase el área protegida, según establece el protocolo.
De no ser posible la disuasión, entonces el mandato de actuación policial dice que “se empleará de forma gradual la escala del uso de la fuerza”.
(David Rodríguez)