Así castigarán la venta de litros incompletos en gasolineras

Este miercoles entró en vigor la nueva Ley Federal para Prevenir y Sancionar Delitos cometidos en materia de Hidrocarburos, la cual contempla un listado de delitos relacionados específicamente con el manejo ilegal de combustibles, en la que destaca, la venta de litros incompletos en gasolinerías.

En esta ley aprobada en diciembre por el Congreso, publicada este martes 12 de enero en el Diario Oficial de la Federación, estipula que todos los delitos serán del orden federal, es decir, se consideran ilícitos en cualquier parte del país, y la Procuraduría General de la República (PGR) será la responsable de investigarlos.

El castigo para los que vendan litros de gasolina o diésel incompletos, de acuerdo con lo que marca el artículo 16 de la nueva ley, será de tres a seis años de prisión y una multa de tres mil a seis mil salarios mínimos ($219 mil a $438 mil pesos).

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Este es un delito que alcanza fianza aunque, si la pena final es mayor a cinco años de cárcel, se cancelará dicho derecho.

La ley estipula un margen de tolerancia para la venta de cantidades incompletas, ya que según lo establecido en ese artículo, será delito solo si la cantidad que se entrega es inferior desde un rango de 1.5 por ciento.

Es decir, si hablamos de un litro de gasolina, se podría vender hasta 985 mililitros  sin que eso sea delito pero una cantidad menor a ese límite, ya es ilegal.

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Cuando el Senado aprobó esta ley en el mes de diciembre, algunos de los legisladores manifestaron su inconformidad por dicha situación, como Dolores Padierna y Alejandro Encinas, quienes acusaron de ‘legalizar’ la venta de litros incompletos. A pesar de estas inconformidades, la ley fue aprobada 65 votos a favor y 22 en contra.

El artículo 16 de la nueva ley también sanciona con la misma pena de prisión a quien venda cantidades incompletas de gas licuado de petróleo o de gas natural, aunque en este caso el margen de tolerancia es mayor: de hasta un tres por ciento por debajo de la cantidad que marque el medidor.

Para que se pueda iniciar una averiguación previa por cualquiera de estos casos será necesario que un órgano regulador o directamente la víctima interpongan la denuncia en la agencia del Ministerio Público Federal.

(Información: Diario Oficial de la Federación / Foto: Cuartoscuro)