Ciclistas: segunda prioridad en la ley de movilidad

El lunes se publicó en la Gaceta Oficial la Ley de Movilidad que regirá a la Ciudad de México para fortalecer el transporte a través de un sistema integrado que contemple la infraestructura ciclista como medio de transporte alternativo.

Desde su conformación este dictamen pretende disminuir el uso del automóvil a través de una nueva jerarquía de movilidad que permita la eficacia en el transporte y en la cual el ciclista es considerado como la segunda prioridad para la distribución del espacio vial y los recursos presupuestales.

De acuerdo a la ley toda persona mayor a los 12 años de edad que utilice este medio de transporte no motorizado será considerado ciclista sin exceder los 25 kilómetros por hora en caso de utilizar bicicletas eléctricas.

EL NUEVO SISTEMA DE TRANSPORTE

El sistema de transporte individual en bicicleta pública, considerará el conjunto de elementos e infraestructura que satisfacen el uso la bici y se contemplará dentro del sistema integrado de transporte público para agilizar la demanda de viajes cortos al ampliar el número de vialidades para ciclistas.

De acuerdo a la ley, todas las vialidades primarias y secundarias deberán contar con vías ciclistas y superficies de rodadura cuyo espacio estará determinado para el tránsito de bicicletas, en consecuencia las vialidades primarias quedarán en manos de la administración pública centralizada, mientras que las secundarias estarán a cargo de las delegaciones.

MÁS ESTACIONAMIENTOS

El nuevo dictamen especifica en su art. 79 que la nueva Secretaría de Movilidad en conjunto con la Secretaría del Medio Ambiente serán las encargadas de implementar estacionamientos masivos de bicicleta, así como adaptar portabicicletas en unidades de transporte público y las facilidades de su ingreso al Sistema Integrado de Transporte.

Estos estacionamientos deberán contar con las medidas necesarias de seguridad que garantice el bienestar de los usuarios y vehículos, estarán ubicados en edificios públicos y privados así como en toda la red de este nuevo sistema de transporte integrado.

PROMOVER LA CULTURA CICLISTA

Con la finalidad de que más personas se unan al pedaleo, esta nueva ley brinda a la SEMOVI la responsabilidad de implementar talleres, cursos, conferencias y demás actividades académicas y culturales que promuevan el uso de la bicicleta y el respeto a los ciclistas en coordinación con otras dependencias correspondientes.

INDEMNIZACIONES

Bajo el artículo 196 de la Ley de Movilidad se establece que aquellos peatones y ciclistas que sufran daños y perjuicios a causa de la falta de mantenimiento de la vialidad o bien la falta de señalización en la misma serán indemnizados por la  Administración Pública.

SANCIONES

Bajo el derecho al desplazamiento efectivo a través de cualquier medio transporte esta nueva ley castigará  la invasión y la falta de respeto a los espacios ciclistas con multas que pueden ir de los 70 a 80 días de salario mínimo para el caso de Transporte Público y de 40 a 70 días de salario mínimo para el transporte de carga.

(STEPHANIE VALGAÑON)