En el Distrito Federal los dueños que mantengan viviendo en azoteas o zotehuelas a sus mascotas podrán ser sancionados de acuerdo con la nueva Ley para la Protección y Bienestar de los Animales.
“El objetivo de la ley es crear un marco jurídico en contra de actos de crueldad y descuido de los animales y busca privilegiar la adopción y la esterilización por encima de la compra, y la sobrepoblación de animales callejeros, por ninguna razón será motivo de sacrificio”, explicó la diputada priísta María de los Ángeles Moreno.
De acuerdo con la nueva ley que aprobó la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), estarán prohibidas las peleas de perros y gallos, así como la compra-venta de especies en la vía y lugares públicos, tianguis, y mercados fijos o ambulantes, incluso, en tiendas departamentales y de autoservicio.
Habrá multas también a quienes dejen animales de compañía al interior de vehículos estacionados cerrados, así como provocar la muerte de perros y gatos mediante electrocuciones.
En el dictamen avalado por diputados locales se menciona que las sanciones económicas van de uno a dos mil días de salario mínimo, es decir, de 70.10 a 140 mil 200 pesos, o arresto administrativo de hasta 36 horas, dependiendo de la falta.
Moreno detalló que quedará prohibida la disección (ranas, ratones, etc,) con fines didácticos en todos los niveles educativos, además de que los caballos y burros utilizados para tiro, carga y carretoneros serán sustituidos por vehículos motorizados.
“En todos los establecimientos, comercios y lugares públicos el acceso a perros guía será obligatorio, al ser el principal apoyo de las personas con discapacidad visual”, comentó.
La legislación también prohíbe el uso de animales de guardia y protección en planteles escolares y centros comerciales, ya que busca privilegiar la adopción y la esterilización por encima de la compra, y la sobrepoblación de animales callejeros, que por ninguna razón será motivo de sacrificio.
LAS MULTAS
Estas son algunas de las multas que se impondrán con la nueva Ley para la protección y bienestar de los animales del DF:
*De 70 a 35 mil 50 pesos: a quienes no les den un espacio adecuado a sus mascotas para estirarse y tener libertad en movimiento.
Para los establecimientos que no cuenten con un espacio con pisos antirresbaladizos y buenas condiciones de higiene, y tengan alambres que les puedan causar lesiones a los animales; y aquellos que no tengan techo para que los animales se protejan de la lluvia o sol, o que carezcan de una ventilación adecuada.
*De 21 mil 30 pesos a 70 mil 100 pesos: por peleas de perros, venta en vía pública de animales, por utilizar animales en protestas, obligarlos a comer sin razón médica o suministrarles productos perjudiciales o drogas.
*De 56 mil 80 pesos a 140 mil 200 pesos: a quien tenga a su mascota viviendo en azoteas o zotehuelas, lo ate ocasionándole heridas y lo prive de aire, luz, alimento y agua; quien abandone animales en la vía pública o los deje en vehículos estacionados y sin ventilación; y también para quien use collares eléctricos o mutile o altere la anatomía del animal.
*Arresto de 36 horas acompañado de una multa: para quienes realicen actos de crueldad y maltrato en contra de sus mascotas, como provocarles lesiones dolosas sin anestesia y sin razón médica terapéutica.
O en caso de que se provoque la muerte de un animal usando cualquier medio que le prolongue la agonía o sufrimiento.