El IVA en alimentos que nadie estaba pagando

Si a partir del miércoles vas a una tienda de conveniencia —un Oxxo, 7 Eleven, Extra y un amplio etcétera— o a un supermercado y te cobran el Impuesto al Valor Agregado (IVA) cuando compras algún alimento preparado —como un sándwich o sushi, por ejemplo—, debes saber que no se trata de un impuesto nuevo, según las autoridades tributarias del país.

 Hace dos semanas, en el sitio del Servicio de Administración Tributaria (SAT), se publicó la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, en la que se aclaraba que a partir del 1 de julio 18 tipos de alimentos preparados que se compraran en tiendas de conveniencia o autoservicio deberían de pagar 16% de IVA.

¿Es un impuesto nuevo a los alimentos? De acuerdo con el SAT, no.

El jueves pasado, el SAT informó, a través de un comunicado, que se trata de un impuesto previsto desde hace más de 15 años en la Ley del Impuesto al Valor Agregado, que ya se pagaba en restaurantes, pero que algunos supermercados y tiendas no cobraban, pese a vender alimentos preparados —es como si compraras comida para llevar—, actividad similar a la de un restaurante, aunque no tengan un lugar dedicado para que los clientes puedan sentarse a comer.

“En una denuncia entre competidores, la autoridad reitera lo que ya estaba establecido en la ley y quienes no lo estaban cargando van a tener que asumirlo”, explica la doctora Leticia Armenta Fraire, directora del Centro de Análisis Económico del Tecnológico de Monterrey, Campus Ciudad de México.

LOS QUE SÍ Y LOS QUE NO

A partir del miércoles, toma en cuenta que cuando compres sándwiches o emparedados, tortas o lonches, incluyendo las chapatas, pepitos, baguettes, paninis o subs; gorditas, quesadillas, tacos o flautas, incluyendo las sincronizadas o gringas, burritos y envueltos, inclusive los rollos y wraps, croissants o cuernitos, bakes, empanadas o volovanes, pizzas, incluyendo focaccia; guisos, incluyendo discadas, hot dogs y banderillas, hot cakes, alitas, molletes, hamburguesas, bocadillos, sushi, tamales, sopas instantáneas y hasta los nachos, tendrás que pagar el IVA.

Los alimentos que no lo pagan son los jugos, la leche, el pan, las galletas, los pasteles, los embutidos, productos cárnicos, las tortillas y todo alimento en su estado natural tiene una tasa 0 del IVA.