Este jueves inicia la veda electoral; te contamos de qué trata

Por: Redacción
Compártelo en tus redes...

El IECM recordó las prohibiciones durante este periodo, además de las sanciones por transgredir las disposiciones en la materia

A partir del jueves 30 de mayo comienza la veda electoral, en la que los partidos políticos y las candidaturas deben suspender actos públicos y la difusión de elementos propagandísticos en el actual proceso comicial, de acuerdo con la ley en la materia.

“Las campañas electorales deberán concluir tres días antes de celebrarse la jornada electoral. El día de la jornada electoral y durante los tres días anteriores no se permitirá la celebración ni la difusión de reuniones o actos públicos de campaña, de propaganda o de proselitismo electorales”, establece el artículo 396 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México.

A través de un comunicado, el Instituto Electoral capitalino (IECM) recordó que desde el primer minuto de mañana, están prohibidas las reuniones públicas, debates, asambleas, visitas, marchas y en general, aquellos actos en que las candidaturas se dirijan al electorado para pedir el voto a su favor.

Señaló también que el artículo 410 del Código local restringe la publicación o difusión por cualquier medio los resultados de encuestas o sondeos de opinión, que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de la ciudadanía.

Sanciones

El IECM apuntó que en caso de que lxs aspirantes incurran en la transgresión del artículo 410, se les impondrá una multa de 50 a 100 días de multa y prisión de 6 meses a 3 años, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

“Asimismo, en el artículo 9 fracciones I y II de dicha Ley, se señala que se impondrá de 100 a 200 días de multa, y prisión de 2 a 6 años, a la persona funcionaria partidista o titular de una candidatura que el día de la elección o en alguno de los tres días anteriores a la misma (veda electoral) induzca al electorado a sufragar por alguien o abstenerse de hacerlo. La misma sanción aplica si se realiza o distribuye propaganda electoral el día de los comicios”, indicó.