DÓNDE ACUDIR
Oficina Central del Registro Civil
Arcos de Belén No. 19
Col. Doctores
Lunes a viernes de 8 a 14 horas
5578-7140 y 5709-3061
QUÉ HACER
1 / Presenta solicitud de matrimonio ante el Juez del Registro Civil de su elección
2 / Incluye copia certificada del acta de nacimiento de los pretendientes y comprobante de domicilio a nombre de uno de los contrayentes, menor a seis meses
3 / Necesitas un convenio sobre el Régimen Patrimonial a que deberán sujetarse
4 / Es posible casarse en ausencia: necesitas un Poder Notarial especial
5 / Cuando uno o ambos pretendientes hayan sido casados, necesitan comprobar que son divorciados o viudos, a través del acta correspondiente
6 / Los extranjeros deberán presentar acta de nacimiento apostillada o legalizada, permiso vigente otorgado por Segob y comprobante de su legal estancia en el país.
7 / Los naturalizados no necesitan presentar acta de nacimiento de su país de origen
CUÁNTO LLEVA
El trámite debe durar, cuando mucho, 11 días hábiles.
CUÁNTO CUESTA
Inscripción de matrimonio en oficina del Registro Civil / $980.00
Inscripción de matrimonio fuera del Registro Civil / $1,968.50
Inscripción de matrimonio fuera de la circunscripción territorial del juez / $4,054.00
MUCHO OJO
El Juez no podrá exigir la presencia de testigos ni su falta afectará la validez del acto.
El solicitante puede tramitar copias certificadas, las cuales estarán disponibles en dos días.
¿Y CÓMO ES LA BODA?
1 / Los interesados acuden a la oficina del Juzgado o a la oficina central del Registro Civil, o bien realizan llamada solicitando requisitos para la realización de su trámite.
2 / Una vez que los solicitantes reúnen los requisitos y documentación, se presenta en la oficina del Registro Civil, a solicitar el trámite.
3 / En la oficina reciben y revisan su documentación si esta completa y correcta, autoriza y fija día y hora para la celebración del acto. (dentro de los 8 días posteriores a la presentación de la solicitud)
4 / Los solicitantes efectúan pago de derechos y se presentan en el Juzgado el día y hora indicada podrán proponer voluntariamente la presencia de testigos de honor en la celebración del matrimonio; en tal caso éstos podrán asentar su nombre y firma en la hoja previa que se entregará en el momento de la celebración del acto, pero no aparecerán en el acta de matrimonio respectiva.
5 / En el Juzgado de Registro Civil o Juzgado Central, se celebra el acto de matrimonio y, una vez ejecutado éste se procede a la toma de firmas y huellas digitales de las personas que en él intervinieron. A los contrayentes se les entrega comprobante del acto.