Que siempre no habrá internet en el Metro, seguirá habiendo circos con animales en el DF, el alcoholímetro no será ley ni se regularán los panteones, entre otros nueve temas que los 66 diputados locales de la Asamblea Legislativa del DF aprobaron y que el Gobierno del Distrito Federal regresó a los legisladores para que los modifiquen porque son inviables, podrían ser inconstitucionales, carecen de facultades o porque generarían más gastos al gobierno local.
Aquí les resumimos las nuevas leyes o reformas que los diputados aprobaron, el Gobierno regresó y ahora otra vez deberán ser dictaminados y aprobados por la ALDF en busca de que entren en vigor.
Sin embargo los legisladores justifican sus errores y argumentan que son pocas las leyes devueltas “de 68 leyes sólo nos devolvieron 11”, dijo el presidente de la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa del DF, Manuel Granados Covarrubias (PRD), quien aseguró que es facultad del poder ejecutivo hacer estas observaciones y “son menores”.
Las leyes o reformas de ley devueltas por el GDF son:
** La Ley de Justicia Cívica para que el programa Conduce sin Alcohol, mejor conocido como alcoholímetro que proponía elevarlo a rango de ley, se precisa que “el éxito del programa conduce sin alcohol y se advierte el riesgo en que pudiera verse el mismo debido a la interposición de medios de defensa al estar contenido en una ley, toda vez que el programa conduce sin alcohol ha sido recientemente declarado no violatorio de garantías por el Poder Judicial. Esta propuesta fue hecha por el PAN.
** Las reformas a la Ley para el Desarrollo del DF, como ciudad digital y del conocimiento la aplicación de esta disposición generaría nuevos compromisos económicos por parte del GDF, advirtiendo la carga presupuestal que eso conllevaría.
** La reforma al artículo 58 del Código Civil para el DF en la que se proponía que los padre podrían elegir el orden de los apellido de sus hijos. Esta reforma fue observada bajo el argumento de que podría causar conflictos de identidad en su aplicación ya que la normatividad federal y establece como requisitos para determinados tramites que el orden debe iniciar con el apellido paterno, materno y el nombre, supuesto que formato único de registro de población.
A MEDIA COCCIÓN
** También se devolvieron las propuestas para prohibir los espectáculos circenses con animales debido a que “hay contraposición respecto a la entrada en vigor del decreto, el dictamen a la iniciativa de la diputada Karla Valeria establece 30 días y el del diputado Jesús Sesma establece 365 días.
“Para la imposición de las medidas de seguridad se establece que se estará a lo dispuesto por el artículo 59 de la ley de protección a los animales sin que se señale a cual específicamente para que pueda ser una norma exacta, se debe ser mas especifico respecto a las medidas que se llevaran a cabo respecto al resguardo y conservación de las especies animales y se deben proporcionar alternativas para desarrollar acciones, estímulos y apoyos para los propietarios de circos”.
** Ley de Dignificación Policial, para mejorar las condiciones laborales de la policía capitalina, en esta Ley se creaba el Instituto de la Función Policial, la propuesta fue del PAN y fue devuelta porque “se observa incompetencia de la ALDF para expedir leyes y ordenamientos en materia de Seguridad Pública”.
** La Ley de Panteones, Cementerios, Crematorios y Servicios Funerarios, con la que se pretendía ordenar a estos sitios, además de promover la cremación de cuerpos debido a que los panteones están saturados, la propuesta es del PRD.
Fue devuelta porque establece que la ley debe llamarse Ley del Servicio Público de Cementerios del Distrito Federal y que no se debe regular la conservación transitoria de los cadáveres, ya que estas actividades no son servicios públicos, no se establece con claridad las funciones de las autoridades encargadas de ejecutar la ley y se deben considerar la clasificación de los cementerios ya existentes para no vulnerar derechos adquiridos en relación a los mismos.
Los términos de la concesión deben referirse a la ley de régimen patrimonial del servicio público y se debe clarificar los conceptos de perpetuidades y temporalidades.
** La Ley de las y los Jóvenes del Distrito Federal con la que se buscaba garantizar el acceso a la salud, educación laica y gratuita y el derecho al primer empleo, educación sexual y prevención de adicciones. Esta disposición fue criticada por diversas organizaciones bajo el argumento de que la ley ampliaría las oportunidades de los tratantes de personas para la prostitución infantil y promueve el acceso a la píldora de emergencia entre niñas, desde los 12 años.
Las observaciones hechas a esta disposición indica que fue devuelta a la Asamblea Legislativa del DF porque hay falta de armonización del nombre de la ley con el contenido de la misma y de diversos conceptos que se utilizan como joven y personas jóvenes, Ciudad de México y Distrito Federal. Además de que se deberá hacer énfasis en los derechos de las personas jóvenes de la ciudad y no debería incentivarse el empleo a menores de 14 años ya que contraviene el artículo 123 de la Constitución.
** Ley de Accesibilidad en el Distrito Federal con la que se pretendía dotar de mejores condiciones a las personas que padecen alguna discapacidad física, motriz o auditiva en el Distrito Federal, la propuesta era del PRD.
Que los conceptos estén alineados a lo que establece la convención sobre los derechos de las personas con discapacidad; se deberá incluir al DIF como autoridad para aplicación y vigilancia de la ley y la revisión de las atribuciones de las diversas autoridades que se refieren en la Ley.
** La Ley Condominal del DF se considera inviable porque no se considera conveniente el procedimiento propuesto en la iniciativa ya que no se observa un beneficio para los ciudadanos ya que se considera que el procedimiento arbitral existente actualmente en la ley, de igual forma establecen que desaparecer la figura del arbitraje atentaría contra el artículo 17 de la Constitución.
Las reformas en materia de adulteración, falsificación, alteración contaminación de bebidas alcohólicas se devolvió bajo el argumento de que “transgrede el derecho de propiedad respecto a la aplicación de la extinción de dominio en el delito de adulteración de bebidas además de que duplica el delito de adulteración de bebidas contenido en la ley general de salud”.
** En cuanto a las reformas a la ley de desarrollo urbano en materia de transferencia de potencialidad se advierte una concurrencia de facultades entre poderes ejecutivo y legislativo, toda vez que se considera que el sistema de transferencia de potencialidades es una herramienta que sirve para la ejecución de la ley es el poder ejecutivo quien debe ejecutarlo.
(GEOVANA ROYACELLI | MÁS POR MAS)