A partir de mañana, a quien engañe, hostigue o intimide para solicitar el pago de una deuda se le castigará con cárcel y con una multa económica.
Se publicó en la Gaceta Oficial del DF un acuerdo por el que se adiciona el artículo 209 bis al Código Penal del DF.
Este nuevo artículo señala que ya es un delito la cobranza ilegítima, y que se castigará con una pena de 6 meses a 2 años de prisión y con el pago de una multa de 150 a 300 días de salario mínimo (de 10 mil 93 a 20 mil 187 pesos).
A la letra el artículo 209 bis dice:
“Al que con la intención de requerir el pago de una deuda, ya sea propia del deudor o de quien funja como referencia o aval, utilice medios ilícitos e ilegales, se valga del engaño, o efectúe actos de hostigamiento e intimidación, se le impondrá prisión de 6 meses a 2 años, y una multa de 150 a 300 días de salario mínimo, además de las sanciones que correspondan si para tal efecto se emplearon documentación, sellos falsos o usurpación de funciones públicas”.
MÁS FACULTADES PARA LAS DELEGACIONES
Lo que resta de este 2014, las delegaciones tendrán la facultad de suscribir convenios de coordinación con el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (Conaculta) para la realización de proyectos en la materia.
A través de estos convenios, se efectuaran transferencias de recursos públicos federales para proyectos culturales en cada una de las delegaciones.
Se estipula en la versión de hoy en la Gaceta Oficial del DF que la Secretaría de Finanzas participará en la celebración de estos convenios, llevando a cabo la asignación presupuestal de los recursos federales a cada una de las delegaciones.