La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó la eliminación del aborto del Código Penal Federal, por considerarlo anticonstitucional
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es inconstitucional la penalización del aborto en el Código Penal Federal, por lo que a ninguna mujer o persona gestante, ni al personal de salud, se le podrá castigar por una interrupción del embarazo.
La Corte otorgó un amparo contra el Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal, por emitir una regulación que criminaliza el aborto, explicó una de las organizaciones promotores de la iniciativa, el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE).
Con esta resolución, IMSS, ISSSTE, PEMEX y cualquier institución de salud federal deberán brindar el servicio de aborto a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar que lo soliciten, detalló GIRE en un comunicado.
Además, el personal médico de las instituciones federales de salud no podrá ser criminalizado por brindar este servicio de salud.
Al haberse aprobado por unanimidad, esta sentencia se vuelve obligatoria para todas y todos los jueces locales y federales, quienes tendrán que implementar lo dicho por la Corte.
“Desde GIRE confiamos en que las entidades del país, cuya legislación aún obstaculiza la autonomía reproductiva, tomen en cuenta los criterios del máximo tribunal de justicia a fin de garantizar el derecho a decidir de las mujeres y personas con capacidad de gestar”.
Recordaron que este es uno de varios amparos presentados contra todos los códigos penales del país en donde no se ha despenalizado el aborto autoprocurado y consentido, como parte de una estrategia jurídica nacional a favor de las mujeres y personas gestantes.
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