¿Ley de Movilidad? Aquí te lo explicamos con bolitas y palitos:
Apenas el lunes, un juez federal determinó que la Ley de Movilidad del Distrito Federal es inconstitucional en tres de sus artículos -212, 213 y 214- por violar el derecho a la libertad de expresión y de manifestación de los capitalinos.
Por ello, a continuación te explicamos en qué te podría afectar que se echen abajo los artículos de la Ley de Movilidad:
– Las autoridades capitalinas argumentan que se podría desinformar a la población sobre marchas y movilizaciones que se registren en el DF, ya que los dos primeros artículos señalan que los manifestantes deben informar de sus planes con 48 horas de anticipación, así como precisar el motivo de la misma en caso de que sea masiva.
– También por falta de tiempo en la planeación de los operativos viales, la Secretaría de Seguridad Pública capitalina (SSPDF) argumenta que no podría recomendar a los capitalinos rutas alternativas.
– Tampoco podría hacer con anticipación los anuncios preventivos para que automovilistas y transeúntes eviten la zona de conflicto.
– El omitir el aviso de movilización o marcha podría derivar en un operativo de seguridad y contención deficiente para evitar bloqueos prolongados en las vialidades primarias, ya que el artículo 214 menciona que la SSPDF tomará las medidas necesarias para evitar los cierres provocados por manifestantes.
-El amparo otorgado el lunes pasado un Juzgado federal a estos artículos no es definitivo, ya que el GDF aseguró que será la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), quien determine si violentan o no los derechos constitucionales de libertad de expresión y de manifestación.
Voces en contra de la ley
En agosto de 2014, dos meses después de la promulgación de la ley, las comisiones de Derechos Humanos Nacional y del DF de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), interpusieron recursos de inconstitucionalidad en contra de siete artículos.
Por ejemplo, señalaron que el artículo 212 de dicha ley establece la obligatoriedad de dar aviso a las autoridades 48 horas antes de una marcha o peregrinación; así como que el artículo 213 plantea que no se pueden utilizar avenidas principales para cualquier tipo de movilización masiva.
Ambas comisiones también señalaron que el artículo 214 plantea que la Secretaría de Seguridad Pública del DF tome “medidas necesarias para evitar bloqueos en vías primarias”. En conjunto, estos artículos van en contra de las libertades de tránsito, libertad de expresión y no discriminación, según la CNDH.
Los antecedentes
En julio del año pasado, el jefe Gobierno del Distrito Federal promulgó la Ley de Movilidad con el objetivo de cambiar la jerarquía de importancia a favor del peatón, el ciclista y el usuario de transporte público.
Disminuir el número de autos que circulan en la ciudad a través del fomento a calles compartidas y un transporte seguro y eficaz, fue uno de los argumentos del mandatario Miguel Ángel Mancera.
Sin embargo, además de cambiar la nomenclatura de la Secretaría de Transporte y Vialidad (Setravi) a Secretaría de Movilidad (Semovi), la ley contempla artículos que regulan las manifestaciones sociales.