Las reglas del antirrábico

A pesar de que los antirrábicos son acusados de maltratar a los animales que recogen, al menos en el DF éstos sí tienen la obligación de tratar con respeto a los animales, para evitar situaciones como la ocurrida en la FES Aragón, en la que un estudiante denunció y grabó la captura violenta de perros.

La Ley de Protección a los Animales del DF establece las obligaciones de los “antirrábicos”, que en la norma se denominan centros de control animal.

MODELO DE ACTUACIÓN

De acuerdo con la ley, los “antirrábico” son centros públicos destinados a la captura y sacrificio humanitario de animales abandonados, que también pueden ofrecer servicios de esterilización y orientación clínica a los animales que lo requieran.

“La captura de animales en la vía pública sólo puede realizarse cuando deambulen sin dueño aparente y deberá ser libre de maltrato. Si el animal cuenta con placa u otra forma de identificación deberá avisarse a su propietario de inmediato”, dice el texto de la ley.

Cuando un animal con dueño es capturado, éste tiene tres días para reclamarlo, comprobando la posesión sobre la mascota o llevando testigos que lo certifiquen.

OBLIGACIONES DEL “ANTIRRÁBICO”

En el reglamento de la Ley, se especifican con mayor claridad las obligaciones de los “antirrábicos”:

-Llevar un registro interno con los datos de cada animal que ingresa y las circunstancias de su captura en vía pública.

-Disponer de medidas de seguridad en sus instalaciones para garantizar la integridad física de los animales, evitar peleas y la diseminación de enfermedades.

-Contar con medidas de seguridad para evitar la huida de los animales.

-Disponer de un servicio médico-veterinario rutinario

TRASLADO HUMANITARIO DE ANIMALES

Los animales que se encuentran en un centro “antirrábico” deben ser tratados digna y respetuosamente y para su movilización o traslado, la ley prohíbe expresamente que sean arrastrados:

-La movilización o traslado por acarreo o en cualquier vehículo deberá llevarse a cabo con el debido cuidado, evitando maltrato, actos de crueldad y fatiga de animales.

-No deberá movilizarse ningún animal arrastrado, suspendido de sus extremidades, dentro de costales, ni cajuelas de vehículos.

-No deberá trasladarse ningún animal que se encuentre enfermo, herido o fatigado, a menos que sea emergencia.

-Tampoco se deberán trasladar hembras cuando se tenga la sospecha fundada de que parirán en el trayecto.

-No deberán movilizarse crías que aún necesiten a sus madres para alimentarse.

-No deberán trasladarse juntos animales de diferentes especies.

-Durante la movilización deberá evitarse movimientos violentos, ruidos y golpes que provoquen tensión a los animales.

(MARCELA NOCHEBUENA)