Nuevas reglas para la publicidad en transporte público

Publicada este lunes 14 de julio, la nueva Ley de Movilidad específica en su capítulo XII que bajo los lineamientos de la publicidad en los vehículos de Transporte Público (TP) esta no podrá obstruir las características de la unidad.

En el artículo 157 de dicho dictamen la publicidad podrá encontrarse en el interior y exterior de la unidad sin alterar o desvirtuar la cromática que identifica a las unidades de servicio público, por lo que aquellas unidades que poseen publicidad por completo en su exterior irán contra la nueva ley.

Bajo el artículo 159 la Secretaría de Movilidad, antes Secretaría de Transporte y vialidad, deberá crear un padrón de empresas comercializadoras de publicidad que cumplan con los requisitos necesarios.

Para poder colocar publicidad en las unidades de servicio será necesario documentar la propiedad del vehículo y el contrato publicitario, así como la imagen y descripción de su forma, de haber modificaciones no autorizadas por la dependencia se cancelarán las autorizaciones.

SIN EXCESOS

De acuerdo a este estatuto la publicidad que promueva algún producto o servicio no deberá atentar contra los derechos humanos ni podrá contener inscripciones discriminatorias u ofensivas, en el caso de propaganda electoral deberá contar con la autorización competente.

Queda totalmente prohibida la publicidad que atente a los derechos humanos, incite a la violencia o exceda las dimensiones del vehículo.

LA CROMÁTICA

Los vehículos de TP de la Ciudad de México cambiarán de color y de acuerdo a la Ley de Movilidad la cromática estará vigente por un periodo de 10 años con la finalidad de no afectar la economía de los concesionarios, es decir, hasta la renovación obligatoria de las unidades.

Para el 2015 el Transporte Público deja las franjas verdes para vestirse de blanco con franjas moradas de acuerdo a lo publicado en la Gaceta oficial del 20 de julio.

(STEPHANIE VALGAÑON)