Las expresiones homófobas y el discurso consistente en inferir que la homosexualidad no es una opción sexual válida sino una condición de inferioridad constituyen manifestaciones discriminatorias, que no están protegidas por el principio de libertad de expresión consagrado en la Constitución.
En este caso, el órgano del máximo tribunal del país resolvió este asunto, donde se analizó, por primera vez en la jurisprudencia mexicana, el problema entre la libertad de expresión y las manifestaciones discriminatorias, específicamente las expresiones homófobas.
Además la Primera Sala también estudió el papel de los discursos dominantes y los estereotipos, por lo que señaló que el lenguaje que se utiliza para ofender o descalificar a ciertos grupos adquiere la calificativa de discriminatorio.
De esta forma, refirió que las manifestaciones homófobas son una categoría de discursos del odio, los cuales se identifican por provocar o fomentar el rechazo hacia un grupo social y mediante las expresiones de menosprecio e insulto que contienen generan sentimientos sociales de hostilidad contra personas o grupos.
Por ello, la Primera Sala determinó que las expresiones empleadas en el caso concreto del estudio, consistentes en las palabras “maricones” y “puñal”, fueron ofensivas.
(NOTIMEX)