Foto: Cuartoscuro

Estas son las reglas para la primera elección del Poder Judicial

Por: Alberto Rivera Meza
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 El gobierno federal envió al Senado las leyes secundarias para la elección popular de juzgadorxs del 1 de junio de 2025

La presidenta Claudia Sheinbaum anunció el lunes que envió al Congreso de la Unión la iniciativa para modificar la Ley General de Procedimientos Electorales y la Ley Medios de Impugnación en Materia Electoral para la elección de jueces, juezas, magistradxs y ministrxs, que se llevará a cabo el 1 de junio de 2025.

“Consideramos que era importante enviar estas leyes secundarias que clarifiquen cómo se desarrollará la elección”, dijo durante su conferencia matutina en Palacio Nacional.

La consejera jurídica de la Presidencia, Ernestina Godoy, presentó las directrices del proyecto enviado al Senado de la República como cámara de origen, al asegurar que el objetivo es garantizar la legalidad, certeza, imparcialidad, objetividad y transparencia del proceso.

Explicó que la primera etapa iniciará el próximo año con las vacantes de lxs ministrxs de la Suprema Corte de Justicia y lxs magistradxs del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

La segunda será con las magistraturas de los tribunales de Disciplina Judicial, de Colegiados de Circuito y de Colegiados de Apelación; jueces y juezas de los Juzgados de Distrito del Poder Judicial de la Federación y de los poderes judiciales estatales. Esto ocurrirá cuando las legislaturas locales armonicen sus constituciones, a más tardar en 2027.

La organización

Godoy Ramos detalló que el Instituto Nacional Electoral (INE) y los organismos públicos locales (Oples) se encargarán de la preparación de la elección, la convocatoria, la postulación de candidaturas, la jornada electoral, los cómputos, la sumatoria de sufragios, la asignación de cargos, además de la calificación y la declaración de validez de los resultados.

Al INE también le corresponde aprobar el modelo de la boleta, documentación y materiales electorales; administrar y distribuir el tiempo del Estado en radio y televisión así como emitir las reglas y pautas para garantizar ese derecho; organizar y desarrollar foros de debate entre las personas candidatas y establecer las bases para que las instituciones del sector público, privado o social brinden los espacios gratuitos para tal propósito.

Reglamentos de financiamiento

En cuanto al financiamiento en campañas, establece que la autoridad electoral vigilará que ninguna persona reciba montos públicos o privados irregulares y determinará los topes máximos de gastos personales de promoción y las reglas de fiscalización.

Lxs aspirantes tampoco podrán contratar por sí mismxs o por terceras personas espacios en radio y televisión, internet o cualquier medio de comunicación para promocionarse. Prohíbe también a partidos políticos y servidorxs públicxs organizar actos de proselitismo o posicionamiento a favor o en contra de alguna candidatura.

“Quienes se postulen, sólo podrán difundir su trayectoria profesional, méritos, visiones acerca de la función jurisdiccional y la impartición de justicia, así como sus propuestas de mejora o alguna otra manifestación, por medio de sus redes sociales o medios digitales siempre que no implique erogaciones o potenciar o amplificar sus contenidos”, señaló Godoy.

Fechas importantes

El Senado emitirá la convocatoria general para integrar el listado de las candidaturas el 16 de octubre; el 31 del mismo mes se instalarán los comités de evaluación y el 4 de noviembre se publicará la convocatoria ciudadana de los mismos. La inscripción de aspirantes será el 24 de noviembre; mientras que el 5 de diciembre los comités verificarán los requisitos de elegibilidad.

El 31 de enero de 2025 los comités entrevistarán y seleccionarán a los finalistas, lo que validarán el 4 de febrero. Un día después, los comités depurarán en sesión pública los listados que se aprobarán el 7 de febrero. Finalmente, el 12 del mismo mes el Senado integrará, revisará y remitirá el listado al INE, quien informará el método y lugares de votación.

Otros cambios judiciales

Los cambios a dichas normas derivan de la promulgación de la reforma al Poder Judicial, firmada el 15 de septiembre por el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador.

Con estas modificaciones constitucionales también se reduce de once a nueve el número de integrantes de la Suprema Corte y se reemplaza al Consejo de la Judicatura Federal por el Órgano de Administración Judicial y a la Comisión de Disciplina Judicial por el Tribunal de Disciplina Judicial.

De 8 a 11 años durarán en el cargo lxs ministros de la SCJN electos en 2025; los periodos se asignarán en función del número de votos que obtenga cada candidatura