Las autoridades están implementando más puntos de revisión aleatorios en las 16 alcaldías y en las entradas y salidas de las carreteras que conectan a la CDMX
Por Edgar Segura*
Ante las vacaciones de Semana Santa, la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) informó que el programa “Conduce Sin Alcohol”, conocido popularmente como “alcoholímetro”, estará operando durante todo el día y tendrá más puntos de revisión aleatorios en la CDMX.
La dependencia capitalina señaló que el despliegue, que inició desde el viernes 11 de abril y continuará hasta el próximo domingo 20, tiene el objetivo de verificar que lxs turistas que viajan a otros estados, o que vienen de visita a la ciudad, no conduzcan bajo los influjos del alcohol.
Los puntos de revisión no sólo se aplican en las 16 alcaldías, sino que están en las entradas y salidas de carreteras que conectan a la ciudad. De acuerdo con datos oficiales, tan sólo en el primer día se realizaron 11,776 entrevistas Alcostop (ambiente al interior del vehículo) a automovilistas.
En 226 de los casos, lxs agentes decidieron aplicar pruebas de alcoholemia (aire aspirado) a lxs conductorxs. En total, 46 de ellxs superaron el límite permitido de alcohol en la sangre y por lo tanto sus vehículos fueron remitidos al depósito vehicular, es decir, el corralón.
La SSC explicó que la aplicación del alcoholímetro en periodos vacacionales ha logrado disminuir de manera considerable la ocurrencia de accidentes viales que tienen su origen en el consumo de alcohol, brindando mayor seguridad a peatones, ciclistas, motociclistas y automovilistas.
¿Cuál es el nivel permitido de alcohol en la sangre? El artículo 50 del Reglamento de Tránsito de la CDMX indica lo siguiente:
“Queda prohibido conducir vehículos motorizados cuando se tenga una cantidad de alcohol en la sangre superior a 0.8 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0.4 miligramos por litro, así como bajo el influjo de narcóticos, estupefacientes o psicotrópicos al conducir”.
Además, precisa que el vehículo será remitido al depósito vehicular, salvo que algún acompañante del conductor o conductora (con plena autorización del mismo) pueda manejar el vehículo en los términos que establece el reglamento:
“Si el acompañante presenta aliento alcohólico, éste será valorado por el médico del punto de revisión y dependiendo del resultado, se determinará si procede o no la entrega del vehículo”.
En consecuencia, la persona automovilista será acreedora a las siguientes multas y sanciones:
- Arresto administrativo de 20 a 36 horas
- 6 puntos de penalización a la licencia para conducir
- Remisión al depósito vehicular, con costo del arrastre de entre $800 y $1,500, según lo estipulado en el Código Fiscal para el Distrito Federal
- En caso de no ser dueñx del vehículo, se deberá pagar una multa de 60 UMA, que a 2025 sería un equivalente en pesos de $6,788
Armonizar la legislación local con la nacional
Organizaciones de la sociedad civil alertaron que de acuerdo con los últimos datos actualizados del INEGI, diariamente ocurren en promedio 47 siniestros de tránsito en carreteras de México por causas asociadas al consumo de bebidas alcohólicas.
Armando Pliego, integrante de Céntrico y de la Coalición Movilidad Segura, destacó que para reducir este tipo de siniestros viales es indispensable garantizar el cumplimiento de los límites de alcoholemia establecidos en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.
“Al mismo tiempo, debemos reconocer la necesidad de incorporar opciones seguras de transporte, incluyendo el servicio público nocturno, que permitan a las personas moverse sin recurrir al vehículo particular”, añade.
Erick Antonio Ochoa, director de Salud Justa Mx, explicó por su parte la urgencia de que entidades federativas como la CDMX, que no han armonizado su legislación local con la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, legislen a favor de la seguridad vial: “En la CDMX, los límites permitidos de alcohol en sangre son 60% más altos que lo permitido a nivel nacional”, apuntó.