Cada año, 5.4 millones de menores son víctimas de abuso sexual en México, de acuerdo con cifras presentadas ante el Senado de la República
El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad una reforma al Código Penal Federal para que los delitos sexuales contra menores de 18 años sean imprescriptibles.
En el dictamen enviado al Ejecutivo Federal, se establecen como exentos de prescripción los delitos relativos a la pornografía, corrupción de menores, turismo sexual, lenocinio y pederastia, previstos en los artículos 200, 201, 202, 203, 203 Bis, 204 y 209 Bis, los cuales serán imprescriptibles.
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“En los casos en que una persona activa del delito fuere servidora o servidor público o ministra o ministro de culto religioso, además de las sanciones señaladas, se castigará con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo o comisión o cualquiera otro de carácter público o similar, hasta por un tiempo igual a la pena impuesta”.
Por 425 votos, las legisladoras y los legisladores aprobaron el dictamen por el que se modifican los artículos 107 Bis, 205 Bis, 261, 266 y 266 Ter, en los que se establecen los tiempos de prescripción de diversos delitos.
Cifras preocupantes
De acuerdo con cifras presentadas ante el Senado de la República a principio de 2023, cada año 5.4 millones de niños, niñas y adolescentes son víctimas de abuso sexual en México.
Seis de cada 10 de estas violaciones se producen en casa y en el 60% de los casos, el agresor es un familiar o pertenece al círculo cercano a la familia, afirmó en su momento la senadora Josefina Vázquez Mota, con datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
Según esta fuente, en 2019 México ocupó el primer lugar en abuso sexual infantil. A ello se agrega que de cada mil casos de abuso sexual contra menores en el país, solo 100 se denuncian y de estos, únicamente el 10% llega ante un juez, de los cuales sólo el 1% recibe una sentencia condenatoria.
Sin estadísticas
La Cámara de Diputados también cambió la referencia de la Ley para prevenir y sancionar la Trata de Personas por “Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos”.
En un boletín, el Poder Legislativo subrayó que los delitos sexuales cometidos en contra de personas menores de edad son ilícitos que atentan grave e irreparablemente contra su integridad.
“Se trata de conductas cuyas consecuencias son tan complejas que impiden por sí mismas el conocimiento de estadísticas fehaciente de su incidencia”.
Fotografía: cortesía. Texto por Arlen Pimentel