¿Qué cambiará en la Ciudad de México?

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A partir de septiembre, estrenaremos nueva constitución y algunas cosas van a cambiar en la organización político-administrativa de CDMX. Aquí te decimos lo que debes saber

Por Diana Delgado (@Diana_DelCab) y Mariana Limón (@marianaliru)

Pasadas las elecciones, superadas (o eso esperamos) tus diferencias políticas con familiares y amigos, y olvidada la lluvia de spots y propaganda que nos pareció eterna, es hora de que los chilangos nos preparemos para lo que viene, porque a partir de septiembre no solo estrenaremos nuestra primera Constitución, sino que algunas cosas van a cambiar en la ciudad y su administración.

Si fuiste a votar el domingo 1 de julio, quizá notaste que la boleta para elegir jefe delegacional cambió por alcalde (alcaldesa), quien en unos meses gobernará tu delegación en conjunto con un Concejo, que antes solo existía en los municipios del interior del país.

Además, los nuevos diputados locales ya no integrarán la Asamblea Legislativa del (ahora extinto) Distrito Federal, sino el primer Congreso de la CDMX, que tomará posesión el 17 de septiembre, fecha en que entrará en vigor la Constitución, que sustituirá al aún vigente Estatuto de Gobierno.

Para que no te pierdas en el mar de tecnicismos políticos, aquí te contamos lo que debes saber.

De delegados a alcaldes

Más allá de acostumbrase al nuevo nombre —como pasó con el cambio de Distrito Federal a Ciudad de México—, la existencia de estas nuevas figuras tendrá implicaciones para los chilangos, porque modificará la organización político-administrativa de la ciudad. Suena complicado, pero no lo es tanto.

Desde 1970, las cosas en la ciudad funcionan así: existen 16 delegaciones y un jefe delegacional por cada una (quien gobierna durante tres años y no puede buscar la reelección). A partir de septiembre, estas 16 delegaciones se convertirán en demarcaciones territoriales y serán gobernadas por un alcalde y un Concejo.

Los alcaldes en la CDMX —o alcaldesas— tendrán el cargo durante tres años y podrán buscar la reelección inmediata. Es decir, si al terminar su primer periodo deciden postularse de nuevo y ganan la elección, permanecerán en el puesto por tres años más.

Además, compartirán el poder con un Concejo de 10 a 15 miembros (60% serán electos por mayoría relativa y 40%, por representación proporcional), quienes se encargarán de aprobar el presupuesto de egresos, supervisar y evaluar las acciones de gobierno y controlar el ejercicio del gasto público.

Y ahí no acabamos. Otro de los grandes cambios es que podría haber nuevas demarcaciones. Según el artículo 52 de la Constitución chilanga, “podrán ser modificadas en los términos establecidos en esta Constitución, sin que puedan ser menos en cantidad a las establecidas al momento de su entrada en vigor”. En una primera instancia, el Constituyente que redactó la nueva normatividad de la ciudad analizó dividir en dos la Gustavo A. Madero y en tres Iztapalapa, para sumar un total de 19, pero quedó solo en iniciativa.

¿Y qué son los concejos?

Otro de los cambios importantes que llegan con la Constitución chilanga es la creación de los concejos que tendrá cada alcaldía y que deberán funcionar como supervisores de los titulares de las demarcaciones, que ya no podrán tomar decisiones de manera unilateral, como ocurre actualmente.

“(Tendrán como funciones) el control del ejercicio del gasto público y la aprobación del Proyecto de Presupuesto de Egresos de las demarcaciones”, detalla la Constitución de CDMX en el artículo 53 fracción C.

Los concejales durarán tres años en su cargo, pero ojo: seguramente notaste que entre las seis boletas que recibiste el domingo ninguna decía “Concejales” y eso es porque los chilangos no tenemos voto directo para ese cargo, sino que serán nombrados por planilla, lo que quiere decir que el alcalde que resulte electo escogerá a 60 % de su Concejo y el resto quedará asignado con base en la cantidad de votos efectivos que reciban otros partidos políticos o candidaturas independientes.

De acuerdo con la Constitución capitalina, cada demarcación tendrá un alcalde y entre 10 y 15 concejales, dependiendo de su densidad de población: por ejemplo, alcaldías con hasta 300 mil habitantes, como Cuajimalpa, Magdalena Contreras y Milpa Alta, contarán con 10 concejales.

Azcapotzalco, Iztacalco, Tláhuac, Xochimilco, Benito Juárez, Miguel Hidalgo y Venustiano Carranza, donde viven entre 300 mil y 500 mil personas, tendrán 12 concejales, mientras que Coyoacán, Gustavo A. Madero, Iztapalapa, Álvaro Obregón, Tlalpan y Cuauhtémoc, con más de 500 mil habitantes, tendrán 15. En total serán 204.

Sobre las atribuciones, los concejales tienen 17 definidas en la nueva Constitución chilanga, entre las que destacan discutir y votar las propuestas de los alcaldes, aprobar cada año el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la alcaldía antes que sea enviado al Ejecutivo local y dar visto bueno al programa de gobierno.

También podrán emitir opiniones respecto a los cambios de uso de suelo y construcciones dentro de la demarcación, revisar el informe anual de las alcaldías y nombrar comisiones para su seguimiento, opinar sobre los convenios y concesiones de servicios públicos, y revisar el otorgamiento de licencias y permisos para obras de alto impacto.