Uniones gay: derechos a cuenta gotas

A cinco años de la celebración de los primeros matrimonios homosexuales en el DF, los servicios de salud federales van muy por detrás de la legislación capitalina; muy pocas parejas han logrado afiliarse al IMSS y el ISSSTE.

29mayo(1)

Martha Escalona lleva poco más de un año en lucha contra el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), dependencia que se niega a reconocer su sociedad de convivencia y otorgarle la pensión por viudez.

En diciembre de 2013, Margarita Díaz Mora murió a causa de esclerosis múltiple. Tenía casi 64 años. Durante las últimas dos décadas, Margarita y Martha compartieron la vida; en 2007 decidieron formalizar su unión con los instrumentos jurídicos que tenían a su alcance en el Distrito Federal: formaron una sociedad de convivencia a la que, tras la muerte de Margarita, se sumaría un acta de concubinato.

Estos documentos no han sido suficiente para los funcionarios del IMSS, quienes le han negado a Martha Escalona su derecho a retirar los ahorros de su pareja y recibir la pensión correspondiente.

La historia de Martha y Margarita no es única. De 2010, año en que se celebró la primera boda entre homosexuales en el DF, hasta abril de este año, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) ha recibido 53 quejas y 20 casos —estos últimos no generaron expediente porque los denunciantes no continuaron el proceso—, por negativas del IMSS y el ISSSTE a otorgar servicios médicos y pensiones a parejas gay, de acuerdo con una respuesta a una solicitud de información pública.

De estos expedientes y casos, 48 surgieron después de 2013, año en que tanto el IMSS como el Instituto de Seguridad Social y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) emitieron documentos formales en los que garantizan la afiliación de las parejas homosexuales.

Los registros de Conapred muestran que la queja más reciente contra el ISSSTE se presentó en 2014, cuando a una pareja de hombres que acudió a este instituto, le contestaron que la afiliación no era posible debido a que su sistema informático no lo permitía.

En el IMSS, la negativa más reciente es de 2015 y fue contra una pareja de mujeres, a quienes les argumentaron que la Ley del Seguro Social no contempla estas uniones.

A cinco años de la celebración de los primeros matrimonios homosexuales en el DF, los servicios de salud federales van muy por detrás de la legislación capitalina: apenas un 11% de los 4 mil 900 matrimonios que se formalizaron entre 2010 y 2014, de acuerdo con la Consejería Jurídica del DF, ejercen su derecho de afiliación al IMSS (397 casos) o al ISSSTE (146), incluyendo los que tuvieron que promover un amparo, de acuerdo con respuestas a solicitudes de información pública.

“La discriminación sigue, y con instituciones muy importantes”, resalta Martha Escalona, quien después de todas las dificultades laborales, económicas y emocionales que ha vivido a partir de la muerte de Margarita, decidió convertir el tema en una causa: “Ya tengo el coraje como para luchar para que los homosexuales tengamos derechos igual que cualquier persona”.

En los más de 12 meses de lucha, Martha ha recorrido la Subdirección de Pensiones del IMSS, el Conapred y la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, donde hoy se prepara una demanda laboral en contra del IMSS.

29mayo(2)

SÓLO CON UN AMPARO

En marzo de 2010, Lol Kin Castañeda y Judith Vázquez se casaron. Nueve meses les tomó ser reconocidas como pareja para recibir los servicios del IMSS. Su batalla inició en la Clínica 11 del Seguro Social, ubicada en la delegación Gustavo A. Madero; justo la misma en donde a Martha Escalona le dijeron que el sistema no podía dar de alta como pareja a una conformada por mujeres.

Castañeda y Vázquez también recorrieron varias oficinas, entre ellas la Dirección General del IMSS, para que les reconocieran sus derechos. La única forma en que lograron recibir los servicios del IMSS fue a través de un amparo, el primero que se otorgó sobre el tema.  Hoy este recurso lo han utilizado otras 18 parejas. Diez más lo han hecho para recibir los servicios del ISSSTE, de acuerdo con respuestas a solicitudes de información.

“Dieciocho veces tuvo que ir un juez a decirle al IMSS: ‘la institución está discriminando’ y aún así, lo sigue haciendo”, lamenta Lol Kin. El problema, asegura, es la falta de conocimiento, además de la ausencia de sanciones a los servidores públicos que cometen actos de discriminación.

En muchas ocasiones, dice, quienes ejecutan las acciones de gobierno, “quienes interpretan las leyes, no tienen la sensibilidad ni la capacidad suficiente para distinguir un marco de derechos humanos. La ley no discrimina; discrimina quien la interpreta”.

DATOS

74 quejas y casos en Conapred

58 corresponden al IMSS

16 al ISSSTE

23 a parejas de mujeres

48 a parejas de hombres

 

¿QUÉ DICE LA LEY?

La modificación al artículo 146 del Código Civil del DF igualó los matrimonios homosexuales y heterosexuales, dándoles acceso a los mismos derechos.

Artículo 146. Matrimonio es la unión libre de dos personas para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua. Debe celebrarse ante el Juez del Registro Civil y con las formalidades que estipule el presente código.

La Ley de Sociedad de Convivencia del DF (anterior a la modificación del Código) establece que:

Artículo 2. La Sociedad de Convivencia es un acto jurídico bilateral que se constituye, cuando dos personas físicas de diferente o del mismo sexo, mayores de edad y con capacidad jurídica plena, establecen un hogar común, con voluntad de permanencia y de ayuda mutua.

Artículo 14. Entre los convivientes se generarán derechos sucesorios, los cuales estarán vigentes a partir del registro de la Sociedad de Convivencia, aplicándose al efecto lo relativo a la sucesión legítima entre concubinos.

En lo relativo a otros derechos de los convivientes, se aplican las reglas previstas en el Código Civil.