El dictamen, turnado al Senado para su discusión y aprobación, señala que quien incurra en esta práctica podrá ser sancionado con una multa que va desde los 700 pesos hasta los 2 millones de pesos
La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad de 466 votos reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor para prohibir el cobro de comisiones por el uso de tarjetas de crédito o débito en el pago de servicios.
El proyecto, turnado al Senado para su discusión y aprobación, establece que el incumplimiento de dicha disposición será sancionado con una multa que va desde los 700 pesos hasta los 2 millones de pesos.
Expone que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) ha detectado que algunos establecimientos cobran un “recargo” que puede ir del 3 al 5% sobre el valor total de la compra o servicio.
Refiere que este tipo de acciones, según la Condusef, “incumple” con los pactos que los comercios suscriben con las instituciones bancarias respecto al uso de terminales punto de venta, ya que “no debe repercutir en el costo de los bienes y servicios”.
Una práctica común
Durante su participación en el estrado, el diputado René Figueroa (PAN) sostuvo que estas modificaciones eliminan “la corrosiva práctica” de muchos negocios que inciden en la forma de pago de lxs consumidorxs, haciéndoles creer que resulta más costoso pagar a través de un medio electrónico que en efectivo.
Afirmó que las personas no tendrían que pagar una tarifa adicional cada vez que utilizan sus tarjetas bancarias, por lo que esta regulación permitirá un acceso más equitativo a los servicios financieros, al tiempo de promover una mayor inclusión financiera en la sociedad.
Por su parte, la diputada Maribel Martínez (PT) dijo, durante su participación vía digital, que con este dictamen se busca poner fin a estos abusos, como lo es el cobro de comisiones por el uso de terminales de punto de venta el cual ha sido reconocido por la Condusef.
En tanto, la legisladora de Morena, Blanca Narro, subrayó imponer una multa a quien viole dicha disposición, es un acto de justicia social porque “cierra la puerta a los abusos”.
¿Cuáles fueron las modificaciones a Ley Federal de Protección al Consumidor?
De acuerdo con el proyecto de decreto de la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad:
Se adiciona el articulo 7 Ter:
“Queda prohibido que los proveedores de bienes, productos o servicios, cobren comisiones, montos, cargos adicionales o equivalentes a los consumidores cuando estos utilicen como medio de pago tarjeta de crédito, débito o medio de disposición físicos de recursos”
Se reforma el artículo 127:
“Las infracciones a lo dispuesto por los artículos 7 Bis, 7 Ter, 13, 17, 18 Bis, 33, 34, 35, 36, 37, 37, 39, 40, 41, 42, 43, 45, 47, 48, 49, 50, 52, 53, 54, 55, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 67, 68, 69, 70, 72, 75, 77, 78, 79, 81, 82, 85, 86 Quater, 87 Bis, 90, 91, 93, 95 y 113 serán sancionadas con multa de $701.15 a $2,243,671.49”