Los magistrados consideraron la existencia de omisiones legislativas en la materia para el proceso electoral federal 2023–2024
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Congreso de la Unión garantizar la paridad de género en las candidaturas a la Presidencia de la República para 2030, al considerar la existencia de omisiones legislativas en la materia.
En caso de que persista la falta de esos lineamientos, los magistrados determinaron (por mayoría de cuatro votos y uno en contra) que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) podrá emitir medidas para su regulación.
“En sesión pública presencial, la Sala Superior determinó que en los artículos 35, fracción II, y 41, tercer párrafo, fracción I de la Constitución federal, se establecen mandatos específicos que ordenan aplicar el principio paritario para todos los cargos de elección popular, incluida la Presidencia de la República”, indicó esa instancia en un comunicado.
Agregó que los cargos de elección popular deben ser votados en condiciones de paridad, sin que se justifique la exclusión de su aplicación específica al cargo de la persona titular del Ejecutivo federal.
Los lineamientos que el Consejo General del INE podrá emitir ante una eventual falta de legislación para garantizar la paridad de género en los abanderamientos presidenciales del próximo proceso electoral, deben ser “específicos transitorios y provisionales, ya que, conforme a su competencia, puede emitir la referida reglamentación”.
La determinación, indica el comunicado, surgió a partir de un juicio promovido por una ciudadana ante las omisiones en la que incurrieron las Cámaras de Diputados y Senadores.
Con ello, agregó, excluyeron la legislación necesaria para dar cumplimiento a la reforma constitucional denominada “paridad en todo” de 2019, mientras el INE no ha emitido lineamientos ni reglamentación al respecto, en el proceso electoral federal 2023–2024.